martes, 14 de julio de 2020

ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE EN EEUU: Si hay control del Estado Federal, ¿porqué alarman supuestas declaraciones?

por Elsa Contreras @elscont 
¿No les molesta la imposición de criterios?, pues ayer fue uno de esos días en los que me encuentro poco tolerante con los que acostumbran insinuar y no hablan claro, en especial, aquellos influencers que destacan comentarios, muchas veces descontextualizados, de las declaraciones de ciertas personas famosas o políticos cuyo efecto se traduce en reacciones adversas y desazón en sus seguidores durante estos días de pandemia o de reivindicación de derechos. Me encantan las redes sociales y las defiendo por su enorme utilidad en caso de violaciones a la libertad de expresión; de hecho, evito responder ese tipo de provocaciones que hasta forman parte del trabajo noticioso pero, me preocupa la falta de interés de los usuarios de las redes, en rebatir o investigar sobre la verosimilitud de esa información. 
Luego de mi respuesta vía Twitter a un periodista latino que mencionaba las intenciones del Presidente Trump de vender Puerto Rico para comprar Groenlandia,  me parece justo exponer en este blog la razón por la cual sugería consultar la Constitución Americana. 
La Constitución de Estados Unidos, como ley suprema de la nación, define la estructura del Gobierno federal y las funciones de sus tres ramas principales: la legislativa, representada por el Congreso y a su vez conformada por la Cámara de Representantes y el Senado; la ejecutiva, compuesta por el Presidente, el Vicepresidente y el Gabinete; por último, la judicial, representada por la Corte Suprema y los juzgados federales menores. Todas estas ramas o poderes son independientes entre si pero, cada una es contrapeso del poder de la otra.  
El poder ejecutivo implementa las leyes previamente aprobadas por el Congreso y se reserva la facultad de vetar las iniciativas de ley que le presenten, aunque ello pueda ser revertido por las dos terceras partes de los legisladores. El Congreso, conformado por 435 representantes y 100 senadores, está encargado de aprobar proyectos de ley, controlar el gasto público y supervisar las actividades del ejecutivo, entre otras funciones y sin embargo, la Corte Suprema puede confirmar la inconstitucionalidad de leyes vigentes y hasta la de actos del Presidente si con ello garantiza la imparcialidad e igualdad para todos los ciudadanos.
Remito también a una publicación de Deutsche Welle (DW) https://www.dw.com/es/cu%C3%A1nto-poder-tiene-el-presidente-de-ee-uu/g-36776462, por aquellas "zonas grises" que se presentan cuando hablamos del alcance que pudieran tener las medidas presidenciales y cito Ni la Constitución ni los fallos de la Corte Suprema establecen límites definitivos al poder del presidente. Una interpretación jurídica da pie al llamado "veto de bolsillo". Bajo condiciones muy específicas, el presidente puede "esconder en su bolsillo" iniciativas de ley, que son declaradas sin vigencia. El Congreso no puede anular este tipo de veto, que ha sido usado más de mil veces.
¿los vetos se producen a menudo? No. Según el Senado, en Estados Unidos han sido revertidos 111 de 1.500 vetos regulares; es decir, poco más del siete por ciento, volviendo a la publicación de DW. 
Las "órdenes ejecutivas" del Presidente tienen carácter de ley y no necesitan aprobación de otro ente, más ello no impide que puedan ser revertidas en la corte, o que el Congreso emita una ley para regularla de alguna manera, eso si, el presidente entrante no puede revertir las órdenes ejecutivas de su predecesor. 
El Presidente puede negociar acuerdos con otros países, aunque igual necesite la aprobación de dos terceras partes del Senado para su ejecución. Cuando estima que puede evitar ese paso, los presidentes recurren a los llamados "acuerdos ejecutivos" que estarán en vigor siempre que el Congreso no presente objeciones.
En caso de plantearse conflictos armados, el Presidente como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas puede abrogarse facultades mientras no haya reacción del Congreso pero, no puede declarar una guerra porque esa es una facultad propia del Congreso.  
Si de algo no se han librado los presidentes de EEUU ni la opinión pública en los años más recientes, es es de conocer el procedimiento que sigue cuando se presume la comisión de abuso de poder llamado "impeachment" para una posible destitución en ese cargo, aunque exista un instrumento mucho más poderoso para "meter en cintura" a un Presidente y está en manos del Congreso: el control de las partidas presupuestarias del Estado.  
Muchas veces, los propios ciudadanos les conceden facultades no previstas en la legislación a sus funcionarios (aunque a algunos les sea imposible alegar ignorancia). No obstante, cuando Ud., dude o tema a los perjuicios que las acciones de un Presidente pudiesen ocasionar, extienda ese sentimiento al sistema en su totalidad porque eso podría significar que no está funcionando correctamente y en una democracia, al menos, se cuenta con instrumentos para ejercer su derecho al disenso.  


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