Desde el punto de vista médico, "Los elementos integrantes de la capacidad civil son: 1) suma de conocimientos acerca de los derechos y deberes sociales y de las reglas de la vida en sociedad, 2) un juicio suficiente para aplicarlos en casos concretos y 3) la firmeza de voluntad precisa para inspirar una libre decisión. Para que la enfermedad sea causa de limitación a la capacidad, resulta imprescindible la confluencia de tres elementos que deberán darse simultáneamente... la enfermedad mental es un presupuesto necesario para la declaración de incapacidad, pero no en todos lo casos acarrea un pronunciamiento de ese carácter, por lo que no cabe atenerse a un criterio puramente médico para restringir la capacidad de un sujeto, sino que se debe considerar si la enfermedad tiene o no incidencia en su vida"
Giavarino, Magdalena B. La "ratio legis" de la evaluación psiquiátrica en el proceso de la incapacitación. Thompson Reuters; 2012: f: 4. Disponible en: AR/DOC/4539/2012
Un espacio que muestra la relación del Derecho con nuestra vida cotidiana
domingo, 24 de septiembre de 2017
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